AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2019-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2019-O

Fecha: 15-Oct-2019

ii)

ii)  Respecto al argumento de no haber existido una valoración objetiva del análisis multitemporal y que se haya tomado al mismo por encima del informe en conclusiones, la citada Sentencia Constitucional Plurinacional, determinó que: “Los demandados señalaron que en el análisis multitemporal se determinó la existencia de actividad antrópica en el predio en pequeñas porciones a partir de 2000, análisis que fue elaborado de acuerdo a una serie de estudios técnicos y otros; sin embargo, del merituado análisis, no se observa un pronunciamiento concreto por parte de los primeros nombrados, sobre el argumento de que el Informe Técnico GSC-BID 1512 219/2011 Análisis Multitemporal del Predio ‘Asociación Civil Colonia Menonita La Honda’, estableció la existencia de una senda durante la gestión 1996, lo que en criterio de la parte accionante debió ser considerado por las autoridades del INRA como la existencia de actividad antrópica.