Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0679/2019-S3
Fecha: 04-Oct-2019
II.5.
II.5. A través de la RM 173/15 de 16 de marzo de 2015, se resolvió modificar la RM 299/14, incluyendo en la nómina de dirigentes reconocidos y declarados en comisión a la accionante María Eugenia Guerrero Miranda en su calidad de Secretaria de Prensa y Propaganda de la COD Cochabamba (fs. 263 a 264).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III.1. El derecho a la defensa en procesos disciplinarios sancionadores
- b) Ofrecer y producir prueba
- c)
- III.3. Análisis del caso concreto