SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2019-S3

Fecha: 04-Oct-2019

d)

d)  En cuanto al deber de fundamentación y motivación de las resoluciones, considera como un cuarto agravio, el no haber señalado cuál el alcance de la medida cautelar -detención preventiva- para el impetrante de tutela, es una restricción que no solamente involucra un exceso por parte de la autoridad jurisdiccional sino una violación al carácter restrictivo previsto en el art. 222 del CPP.