SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2019-S3

Fecha: 07-Oct-2019

II.8.

II.8.  Boris Efren Cárdenas Sanjinés, Profesional de Régimen de Impugnación en el Informe MTEPS-VESCyCOOP-DGSC-URLel-BECS-0024-INF/19 de 22 de febrero de 2019, remitido a Shirley Jazmi Pérez Velásquez, Directora General del Servicio Civil -codemandados-, ambos del Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, concluyó que la accionante: 1) Contaba con legitimación activa por ser servidora pública de carrera administrativa en el cargo de "'Secretaria II'" dependiente del SEDUCA institucionalización que fue extinguida en aplicación de la Ley de la Educación "Avelino Siñani-Elizardo Pérez" -Ley 070 de 20 de diciembre de 2010-, transfiriendo su estructura a las Direcciones Departamentales de Educación; 2) Fue promocionada de forma vertical en el cargo de "'Técnico Recepción y Entrega de Boletas'" (sic), sin cumplir las exigencias formales y procesales que establece el DS 26115 que aceptó de forma libre o consentida, al no presentar impugnación dentro del plazo oportuno, el 6 de abril de 2018 fue notificada con el Memorándum de Designación RR.HH.D.D.E.CH. 023/2018 para que asuma el cargo de "'Secretaria de la Unidad de Asuntos Administrativos'" que no fue aceptado por ella y continuó sus funciones como técnico hasta que fue desvinculada; y, 3) Perdió su condición de servidora púbica de carrera administrativa; en consecuencia, también su legitimación activa, no contando con la facultad jurídica que le permita impugnar decisiones referidas a la carrera administrativa; en consecuencia, el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, no tiene la atribución de conocer y resolver el recurso jerárquico activado recomendando la devolución del mismo (fs. 29 a 37); Informe que de acuerdo a la Nota MTEPS-VESCyCOOP-DGSC-URLel-BECS-0079-CAR/19 de igual fecha -sin sello de pie ni firma-, recepcionada el 7 de marzo del citado año en la Dirección Departamental de Educación de Chuquisaca (fs. 28), fue puesto a conocimiento de la accionante el 12de marzo de 2019 (fs. 37).