Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2019-S3
Fecha: 07-Oct-2019
II.4.
II.4. Cursa memorial de apersonamiento presentado el 3 de agosto de 2018, por Abel Pedro Mamani Marca, Director Ejecutivo del SERNAP -ahora tercero interesado-, dentro de la demanda contenciosa administrativa planteada contra el “…Instituto Nacional de Reforma Agraria…” (sic), el mismo que fue observado mediante decreto de 7 del mismo mes y año al no haber adjuntado la documentación que acredita su personería, concediéndole un plazo de cinco días para que sea subsanado, mismo que no fue cumplido según informe del estado del proceso de 22 de igual mes y año, elevado por la Secretaria de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental (fs. 239 a 240; y, 264 y vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
- la SCP 2221/2012 de 8 de noviembre, desarrolló las siguientes cuatro finalidades implícitas
- Respecto a la segunda finalidad
- PARTICIPACIÓN DE ENTIDADES PÚBLICAS CON COMPETENCIAS RELACIONADAS
- Cuando se trate de desarrollar procesos de saneamiento dentro de Áreas Protegidas, el Instituto Nacional de Reforma Agraria, desde el inicio de la etapa preparatoria, coordinará con el Servicio Nacional de Áreas Protegidas
- la participación de SERNAP, en los procesos agrarios administrativos está garantizada, especialmente en los procesos de saneamiento dentro de áreas protegidas, donde su intervención es fundamental desde el inicio de la etapa preparatoria, debiendo coordinar acciones con el INRA
- III.3.
- DEJA SIN EFECTO
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- l
- CORRESPONDE A LA SCP 0712/2019-S3 (viene de la pág. 16)