SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0913/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0913/2019-S4

Fecha: 16-Oct-2019

El sujeto pasivo de la usucapión es siempre la persona que figura, en Registro de Derechos Reales, como titular del bien a usucapir

El sujeto pasivo de la usucapión es siempre la persona que figura, en Registro de Derechos Reales, como titular del bien a usucapir…’” (sic); asimismo, alegó falta de valoración de las pruebas de cargo como de descargo; igualmente, de la determinación en cómo se configurarían los elementos constitutivos del tipo penal de uso de instrumento falsificado en materia civil, peor aún con la demanda de usucapión que fue interpuesta después de la denuncia penal y cuando la sindicada ya tiene su derecho propietario constituido a través de documentos falsificados, lo que le generó un daño al ejercicio de sus derechos.

Alegó que el Auto de Vista 186/2018, resulta ser copia fiel de todos y cada uno de los argumentos que la parte acusada señaló en su memorial, por cuanto no preservó los lineamientos del derecho a la tutela judicial efectiva, para emitir de manera motivada y fundamentada su decisión, bajo el principio de pro actione. Las autoridades ahora demandadas no realizaron una interpretación teleológica y ajustada a un criterio de verdad material, existiendo carencia de argumentación, interpretación y fundamentación, por cuanto un proceso de usucapión no tiene ninguna implicancia en un delito de uso de instrumento falsificado ya acusado por el Ministerio Público.