SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0913/2019-S4
Fecha: 16-Oct-2019
i)
Mery France Antonio Ábrego, manifestó en audiencia: i) Considerando que en acción de amparo constitucional rige el “sub” principio de subsidiariedad, en la acción de defensa planteada por la solicitante de tutela, se advierte el defecto relativo a que no se puede reclamar a los vocales o jueces de última instancia de un proceso ordinario que resuelvan aspectos que no fueron planteados antes, cuando se estaba debatiendo dicha cuestión; en el caso concreto, cuando se planteó la excepción de prejudicialidad se corrió traslado a la parte contraria, quien respondió la excepción sin exponer “ese fundamento”, ni siquiera el Auto Supremo al que alude en la presente acción de defensa tampoco se hizo mención de ninguno de los argumentos referidos a que dicha resolución establecería que el uso de instrumento calificado no necesitaría un efecto secundario, un daño para que se consuma; ii) El Auto Supremo referido, fue dejado sin efecto por jurisprudencia constitucional; y, iii) No es evidente que el Auto de Vista 186/2018 sea un copia textual del recurso de apelación incidental; al contrario, constituye una resolución en la que se dio respuesta a todos los puntos impugnados y cumple con todas las condiciones de contenido, sin que incurra en omisión o incongruencia alguna; iv) La impetrante de tutela aseguró que después de treinta años regresó de Estados Unidos al país; es decir, después de haberse vencido tres veces la usucapión ordinaria o decenal; en consecuencia, como tercera interesada, tiene todo el derecho de defenderse con una demandada de usucapión; empero, lo que pretende la accionante es que no se le instaure dicha acción civil, extremo que resulta ser la base de la acción de amparo constitucional en análisis.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- El sujeto pasivo de la usucapión es siempre la persona que figura, en Registro de Derechos Reales, como titular del bien a usucapir
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La interpretación de la legalidad ordinaria. Presupuestos mínimos para su revisión
- III.2.
- III.3. El tipo penal de uso de instrumento falsificado y su configuración sustantiva
- III.4. Consideraciones previas
- III.5. Análisis del caso concreto
- primera parte
- segunda parte de la problemática
- conceder
- CONFIRMAR