Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0932/2019-S4
Fecha: 22-Oct-2019
II.1.
II.1. Conforme al Auto de 26 de septiembre de 2018, Arturo López Leytón, Juez del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Tarija, en conocimiento de la acusación penal interpuesta por el Ministerio Público en contra de Ivar Wildo Rojas López, hoy accionante, por la supuesta comisión del delito de incumplimiento de contratos, radicó la causa penal (fs. 72), como efecto de lo cual, a través de memorial presentado el 2 de octubre del mismo año, el Ministerio Púbico remitió pruebas de cargo a dicha autoridad; y la representación del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, presentó acusación particular, adhiriéndose al a prueba fiscal (fs. 75 y 81 a 85 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Sobre el trámite al que se deben sujetar los incidentes y excepciones en etapa de preparación de juicio y en etapa de juicio oral, en el marco de las modificaciones dispuestas en la Ley 586
- II.
- podrían presentarse dos situaciones
- durante la fase de preparación del juicio oral
- III.2.2.2. Durante la etapa del juicio
- Cabe señalar que, el entendimiento desarrollado en los puntos III.2.2.1 y 2.2.2 antes referidos, también es aplicable a los procesos que se tramitan con los arts. 314 y 345 antes de su modificación por la Ley 586, conforme a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de dicha Ley, que establece:
- III.2. Sobre el deber de fundamentación en las resoluciones judiciales como elemento del debido proceso
- inc. 1)
- inc. 2)
- CONFIRMAR