Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2019-S2
Fecha: 04-Oct-2019
respecto a la aparente infracción de las autoridades demandadas, al realizar la valoración probatoria que le correspondía al tribunal ad quem
En tal contexto, el reclamo de la parte accionante respecto a la aparente infracción de las autoridades demandadas, al realizar la valoración probatoria que le correspondía al tribunal ad quem; no se evidencia objetivamente tal extremo; sino que deviene de la conclusión a la que unilateralmente arriba la parte accionante, pues en realidad se tiene que los Magistrados demandados, analizaron simplemente si la falta de pronunciamiento respecto a los elementos probatorios extrañados, resultaba arbitraria, aspecto que descartaron al concluir -en coincidencia con lo determinado en el Auto de Vista- que la valoración reclamada era insustancial para el fondo de la causa.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- exige que toda resolución esté debidamente fundamentada
- Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable
- Fragmento 13
- [8]
- relevancia constitucional
- En la forma
- falta de valoración de las treinta pruebas
- respecto a la aparente infracción de las autoridades demandadas, al realizar la valoración probatoria que le correspondía al tribunal ad quem
- En relación a la contradicción en la redacción
- en cuanto a la presunta suposición de las autoridades
- fue enmendado a través del Auto de fs. 2331
- MAGISTRADA
- [6]
- los errores o defectos de procedimiento que materialmente no lesionan derechos y garantías fundamentales no tienen relevancia constitucional y por lo mismo, no son susceptibles de corrección por la vía del amparo