SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2019-S2

Fecha: 04-Oct-2019

a)

Solicita se conceda la tutela que impetra; y, en consecuencia: a) Se disponga la nulidad de la notificación con la Sentencia 02 de “16 de febrero de 2018” -lo correcto es 9 de febrero de 2018-, emitida por los Vocales codemandados, que fue diligenciada al Gobierno Autónomo Municipal de Camiri por Tablero Judicial del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, ordenando se efectúe una nueva diligencia en las formas establecidas en el art. 70, con relación al art. 120 del CPCabrg., realizando una notificación personal con la Sentencia al representante legal o en el domicilio real de la entidad del Estado demandada;   b) Se determine la nulidad de obrados hasta “fs. 173”; es decir, hasta antes de la notificación con la Sentencia, dejando sin efecto todos los actuados posteriores, incluido el Oficio 465/2018 de 8 de octubre, dirigido al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en el que se ordenó la retención de fondos en la suma de Bs301 826,18.-, lesionando los derechos fundamentales del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri; y, c) Se oficie al Ministerio precitado que proceda al desbloqueo de la cuenta única del municipio de Camiri, ordenado a través del Oficio 465/2018, antes referido.