SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1074/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1074/2019-S1

Fecha: 21-Nov-2019

del contenido del memorial de apelación de 23 de agosto de 2016, se tiene

En ese sentido, del contenido del memorial de apelación de 23 de agosto de 2016, se tiene entre las partes más relevantes que este demanda es la revocatoria del Auto de 8 de noviembre de 2007, toda vez que la Jueza a quo: a) No tomó en cuenta la fecha de desvinculación laboral de los trabajadores Glover Carreño Zeballo, Oscar Contreras Ballesteros, Eddy Barrero Mendieta, Jorge Alemán Viruez, Adeshia Mejía de Santistevan y Blass Pedraza Cabrera, en relación a la fecha de presentación de demanda (18 de agosto de 1999) –que a decir de los apelantes– operó la prescripción; b) Afirma que la interrupción del curso de la prescripción recién opera a momento de la notificación con la demanda al demandado; y, c) Señala que en el caso de autos no es procedente aplicar la imprescriptibilidad de los derechos laborales conforme al art. 48.IV de la CPE, por encontrarse vigente la nueva Constitución Política del Estado a partir del 7 de febrero de 2009, y que en el caso de autos la problemática, así como el cómputo y la prescripción datan del señalado año; es decir, antes de la promulgación de la nueva Norma Suprema.