cierta forma de intromisión paternalista
Asimismo, en relación a los fundamentos jurídicos y doctrinales que pudieran permitir una cierta forma de intromisión paternalista por parte de la Sala Plena del TCP en los ámbitos de la justicia indígena originaria campesina, cabe expresar que del examen del penúltimo y último párrafo inmediatamente anterior a la parte dispositiva, estos son del todo insuficientes como para justificar tal actuación.
Por tanto; queda claramente establecido, que el conflicto de competencias jurisdiccionales que hace a la SCP objeto del presente Voto Aclaratorio; si bien, fue remitido de oficio por una autoridad jurisdiccional, queda claro que no fue promovida ante esta instancia por las autoridades indígena originario campesinas; en consecuencia, este aspecto se debió tomar en cuenta para emitir una resolución lo más estrictamente ceñido a su objeto de conocimiento jurisdiccional y no pronunciarse sobre aspectos que no fueron demandados por las partes, tal como se incurre al consignar el citado punto tercero de la parte dispositiva.
En relación a los puntos expuestos, la suscrita Magistrada efectuó las sugerencias y observaciones pertinentes que no fueron asumidas; por lo que, estando de acuerdo con lo principal de la parte resolutiva que es el declarar competente a las autoridades indígena originario campesinas, y no con el punto 3° de la sentencia, emite el presente Voto Aclaratorio, bajo los siguientes fundamentos de orden jurídico y doctrinal.
- Partes:
- 1º
- declarar competente a las autoridades indígena originaria campesinas
- cierta forma de intromisión paternalista
- II.1. La naturaleza constitucional del conflicto de competencias jurisdiccionales
- se limita a determinar la autoridad indígena originaria campesina u ordinaria en su caso, competente para conocer un determinado asunto
- imparcialidad
- impartialidad
- II.3. El objeto del voto aclaratorio
- primer lugar
- es preciso recordarles
- estas deben de ejecutar de manera inmediata su resolución, si es necesario con el auxilio de la fuerza pública, motivo por el que debe disponerse que se apliquen medidas de protección a su favor, que garanticen el cumplimiento de las resolución que vaya a dictarse
- paternalismo jurisdiccional
- Sentencia Constitucional Plurinacional
