ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1060/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1060/2019-S2

Fecha: 03-Dic-2019

Con contestación o sin ella, la jueza, el juez o tribunal dictará resolución sin necesidad de audiencia

En el caso de los numerales 3 y 4, la Oficina Gestora de Procesos, a través del buzón de notificaciones de ciudadanía digital, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes correrá traslado a las partes, quienes deberán responder en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas. Con contestación o sin ella, la jueza, el juez o tribunal dictará resolución sin necesidad de audiencia, dentro del plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes, declarando la procedencia, siempre que la demora no sea atribuible a los actos dilatorios del imputado, o la improcedencia del beneficio, sin posibilidad de suspensión de plazos.

[8]El análisis legal sobre el recurso de apelación incidental contra resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares y su trámite en el Tribunal de apelación, fue realizado sobre la base de normativa procesal penal modificada y actualizada por las Leyes 1173 y 1226, aplicable al caso concreto; toda vez que, con relación a la materia justiciable en esta acción de libertad, dichas leyes no atacaron sustancialmente el contenido esencial de los artículos que sirven de su sustento.