SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2019-S3

Fecha: 01-Mar-2019

denegó

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 05 de 16 de julio de 2018, cursante de fs. 266 a 271, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) La carga de presentar y argumentar el precedente contradictorio, no es exigible cuando se aleguen defectos procesales absolutos referidos a la vulneración de derechos y garantías, “…debiendo el Tribunal Supremo de Justicia, en estos casos de oficio identificar y aplicar los precedentes contradictorios lo que implica una modulación a la SCP 0895/2012” (sic); y, 2) En la Resolución motivo de la presente acción de amparo constitucional, se evidenció que cuenta con una estructura de forma y de fondo, es clara y expone las convicciones determinativas que justifican razonablemente su decisión, por lo que se tiene por fielmente cumplidas las normas del debido proceso, pues contiene una motivación y fundamentación razonable en su estructura general, es coherente, así como incluye las citas legales que sustentan la decisión adoptada; aspectos que permiten concluir que las autoridades demandadas no incurrieron en ningún acto ilegal u omisión que amerite conceder la tutela pretendida por el accionante.