SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2019-S3

Fecha: 15-Mar-2019

Fragmento 16

Ahora bien, conforme se tiene de la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el debido proceso contiene como uno de sus componentes el derecho a la fundamentación de las resoluciones, que debe ser entendido como la obligación de las autoridades jurisdiccionales de motivar expresando las razones de la determinación contenida en una resolución, citando los motivos de hecho y derecho, base de sus decisiones, en la que las razones sean expuestas de forma concisa y clara, no siendo exigible una exposición amplia de consideraciones y citas legales, ni tampoco ser una mera relación de los documentos o mención de los requerimientos de las partes, sino una estructura de forma y de fondo que permita la comprensión de los motivos de la decisión asumida.