Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0076/2019-S2
Fecha: 03-Abr-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución 18/2018 de 9 de noviembre, cursante de fs. 38 a 40, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Hugo Cortez Daher y Giovanni Vladimir Farell Rodríguez en representación sin mandato de Nelson Cortez Rojas contra Luis Esteban Loza Quaglini, Juez de Instrucción Penal Décimo Primero de la Villa Primero de Mayo de la Capital del departamento de Santa Cruz.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- Fragmento 4
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- i)
- la celeridad procesal como principio ético-moral de la sociedad plural
- III.2. Cumplimiento de las medidas sustitutivas para efectivizar el mandamiento de libertad
- III.3. La medida sustitutiva de arraigo y de prohibición de salir de la localidad en la cual reside el imputado o del ámbito territorial que fije el juez o tribunal
- menos exigir la presentación del registro de un
- arraigo local
- REVOCAR
- 2° Ordenar
- b)
- c)
- sólo es exigible el cumplimiento de las medidas sustitutivas que se hubieren aplicado, pues esa es la única condición que ha previsto el legislador