Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2019-S4
Fecha: 01-Abr-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte peticionante de tutela ratificó los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolos manifestó que, en aplicación a lo dispuesto en el art. 103 de la LP, mantiene una relación laboral pasiva con la empresa AUTOSUD Ltda., en cuya razón debe reconocerse desde 1994 “a la fecha”, el pago de salarios y el aporte a largo plazo, por lo que debe ordenarse el recálculo más el recargo de la multa del 30% por haberse pagado fuera del plazo de los quince días que establece el Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. De las situaciones de flexibilización al principio de subsidiariedad
- III.2. El principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- CONFIRMAR