Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2019-S1
Fecha: 03-Abr-2019
II.9.
II.9. Por Resolución de Revocatoria GAMEA/AUT-SUM/ 002/2017 de 23 de marzo, la Autoridad Sumariante de la Dirección General de Asesoría Legal del GAM de El Alto del departamento de La Paz, ratificó la Resolución Final Administrativa Disciplinaria GAMEA/AUT-SUM/ 01/2017, respecto a la sumariada Marianela del Carmen Campos Cuevas, con la que fue notificada el 27 del citado mes y año (fs. 31 a 36 y 37).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Rechazo in límine de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2
- II.3
- II.6.
- II.9.
- II.11.
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 16
- empero, dicha competencia se reduce únicamente a establecer la ausencia de razonabilidad y equidad en la labor valorativa, o bien, si existió una actitud omisiva en esta tarea, ya sea parcial o total; o finalmente, si se le dio un valor diferente al medio probatorio, al que posee en realidad, distorsionando la realidad y faltando al principio de rango constitucional, como es la verdad material, pero en ningún caso podrá pretender sustituir a la jurisdicción ordinaria, examinando directamente la misma o volviendo a valorarla, usurpando una función que no le está conferida ni legal ni constitucionalmente
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- Fragmento 20