SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2019-S4
Fecha: 10-Abr-2019
II.2.
II.2. Por RA TAD 001/2018 de 25 de junio, los miembros del Tribunal señalado, ahora demandados, dispusieron la destitución de la accionante del cargo que ocupa, conforme dispone: “…el inc. c) Art. 57 del Reglamento de Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública (…) por incurrir en las faltas graves previstas en el Art. 52 inc. k) proporcionar información incorrecta a los niveles de organización del sistema de información educativa (SIE) y m) las señaladas como prohibiciones en el Art.25 inc. g) lograr favores o gestiones a su cargo para terceros y el incumplimiento de deberes señalado en el artículo 24 inc. b) por no desarrollar sus funciones, atribuciones y deberes administrativos puntualmente…” (sic), con firma de recepción de la peticionante de tutela de 13 de julio de 2018 (fs. 3 a 10).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- los servidores administrativos
- los servidores administrativos, les es aplicable el régimen disciplinario, normado en Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública
- sector administrativo del Servicio de Educación Pública tiene sus normas específicas, pues así el Capítulo III RM 062/00 relativo al Régimen Disciplinario para los funcionarios de la carrera administrativa del SEP
- en cuanto al sistema de impugnación,
- III.2. El debido proceso en los procesos administrativos sancionatorios
- que la garantía del debido proceso, conlleva el cumplimiento de formalidades legales, procesales establecidas en una determinada disposición, norma o reglamento, por parte de la autoridad jurisdiccional o administrativa; por cuanto la observancia de la normativa procedimental es base de la seguridad jurídica dentro de un Estado, por lo que las autoridades sean judiciales o administrativas
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- 2° Disponiendo