Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2019-S4
Fecha: 10-Abr-2019
II.6.
II.6. Cursa nota de remisión de 25 de julio de 2018, por la que, los miembros del Tribunal Disciplinario señalado, enviaron el recurso de apelación interpuesto por Rita Regina Cachi Paxi a la Secretaría Departamental de Desarrollo Social del Gobierno Departamental Autónomo de Pando, para que se pronuncie conforme a la normativa legal, refiriendo que la recurrente no consideró lo advertido por Auto de 20 de igual mes y año, respecto a la estructura y procedimiento de los recursos administrativos, y que contrariamente, el 24 del señalado mes y año, reiteró su memorial de apelación (fs. 140).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- los servidores administrativos
- los servidores administrativos, les es aplicable el régimen disciplinario, normado en Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública
- sector administrativo del Servicio de Educación Pública tiene sus normas específicas, pues así el Capítulo III RM 062/00 relativo al Régimen Disciplinario para los funcionarios de la carrera administrativa del SEP
- en cuanto al sistema de impugnación,
- III.2. El debido proceso en los procesos administrativos sancionatorios
- que la garantía del debido proceso, conlleva el cumplimiento de formalidades legales, procesales establecidas en una determinada disposición, norma o reglamento, por parte de la autoridad jurisdiccional o administrativa; por cuanto la observancia de la normativa procedimental es base de la seguridad jurídica dentro de un Estado, por lo que las autoridades sean judiciales o administrativas
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- 2° Disponiendo