SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2019-S4

Fecha: 10-Abr-2019

conceder

No obstante lo señalado, respecto al testimonio 718/2016 cuyo análisis y valoración pretendió la parte accionante en la impugnación de alzada, es evidente que los Vocales demandados no emitieron respuesta alguna, verificándose incoherencia omisiva al respecto, a cuyo efecto, corresponde conceder la tutela solicitada por vulneración al derecho de los accionantes a una debida fundamentación.

Por último, se advierte que las autoridades demandadas, con relación a las certificaciones CAT-JOSC-0032/17 y 0049/17, afirmaron que “…dichas certificaciones aún no había sido insertadas al cuaderno procesal en la fecha en que se fue emitido el fallo judicial de la Juez a quo; en el entendido de que el Tribunal de alzada solo tiene facultades de verificar si al actuación del a Juez es o no correcta…”(sic). Al respecto, se advierte que los impetrantes de tutela confusamente cuestionaron dicha postulación afirmando que los Vocales demandados se refirieron a los testimonios 1414/2016 y 718/2016; sin embargo, de la simple lectura del Auto de Vista 255, se advierte que la posición de las autoridades demandadas se manifestó en referencia a las certificaciones aludidas y no así a los testimonios; por ende, no existe lesión de derecho o garantía alguna, correspondiendo denegar la tutela solicitada.