SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2019-S4
Fecha: 10-Abr-2019
conceder
No obstante lo señalado, respecto al testimonio 718/2016 cuyo análisis y valoración pretendió la parte accionante en la impugnación de alzada, es evidente que los Vocales demandados no emitieron respuesta alguna, verificándose incoherencia omisiva al respecto, a cuyo efecto, corresponde conceder la tutela solicitada por vulneración al derecho de los accionantes a una debida fundamentación.
Por último, se advierte que las autoridades demandadas, con relación a las certificaciones CAT-JOSC-0032/17 y 0049/17, afirmaron que “…dichas certificaciones aún no había sido insertadas al cuaderno procesal en la fecha en que se fue emitido el fallo judicial de la Juez a quo; en el entendido de que el Tribunal de alzada solo tiene facultades de verificar si al actuación del a Juez es o no correcta…”(sic). Al respecto, se advierte que los impetrantes de tutela confusamente cuestionaron dicha postulación afirmando que los Vocales demandados se refirieron a los testimonios 1414/2016 y 718/2016; sin embargo, de la simple lectura del Auto de Vista 255, se advierte que la posición de las autoridades demandadas se manifestó en referencia a las certificaciones aludidas y no así a los testimonios; por ende, no existe lesión de derecho o garantía alguna, correspondiendo denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos mínimos para revisar la actividad jurisdiccional de los jueces y tribunal ordinarios
- resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. El deber de fundamentación en las resoluciones judiciales como elemento del debido proceso
- III.2.1. Congruencia en las resoluciones judiciales o administrativas
- Fragmento 25
- III.3. El derecho de acceso a la justicia o derecho a la jurisdicción
- III.4. Análisis del caso concreto
- inc. a)
- inc. d)
- inc. e)
- inc. f)
- inc. g)
- inc. h)
- inc. i)
- conceder
- REVOCAR en parte
- 2° Disponer