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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2019-S1

    Fecha: 26-Abr-2019

    II.5.

    II.5. Consta Resolución 413/2016 de 23 de septiembre, por la que la Jueza Pública Civil y Comercial Octava del departamento de La Paz, dio por reconocidas las firmas y rúbricas estampadas a nombre de Mario Fernando Soliz Valenzuela sobre los documentos de fs. 10 a 13, 33 a 47 y 49 a 50, declarando la efectividad de los mismos (fs. 110 a 111 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derecho y principios supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • qué pruebas
    • en qué medida, en lo conducente, dicha valoración cuestionada de irrazonable de inequitativa o que no llegó a practicarse, no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la Resolución final;
    • Fragmento 14
    • plena correspondencia o coincidencia entre el planteamiento de las partes (demanda, respuesta e impugnación y respuesta) y lo resuelto por las autoridades judiciales
    • III.3.   Del debido proceso
    • Principio de especificidad o legalidad
    • III.5.   La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
    • i)
    • iii)
    • dispuesto a fs. 130 a la representante actual de SOMEX Ltda. y a las demás personas conforme a lo solicitado en el memorial que antecede
    • de fs. 137 y decreto
    • REVOCAR

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