SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2019-S1
Fecha: 26-Abr-2019
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 464/2018 de 26 de septiembre, cursante de fs. 226 a 229 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Vigesimoctava del departamento de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiéndose dejar sin efecto el Auto de Vista D-31/2018 de 26 de enero, correspondiendo que los actuales Vocales de la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitan una nueva resolución que fundada y motivadamente responda los planteamientos de las partes dentro del recurso de apelación formulado, debiendo referirse de igual forma al memorial de corrección presentado, su correspondiente decreto y su notificación, conforme a los entendimientos establecidos ut supra.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- qué pruebas
- en qué medida, en lo conducente, dicha valoración cuestionada de irrazonable de inequitativa o que no llegó a practicarse, no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la Resolución final;
- Fragmento 14
- plena correspondencia o coincidencia entre el planteamiento de las partes (demanda, respuesta e impugnación y respuesta) y lo resuelto por las autoridades judiciales
- III.3. Del debido proceso
- Principio de especificidad o legalidad
- III.5. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- i)
- iii)
- dispuesto a fs. 130 a la representante actual de SOMEX Ltda. y a las demás personas conforme a lo solicitado en el memorial que antecede
- de fs. 137 y decreto
- REVOCAR