SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

Fragmento 27

Efectivamente, de los antecedentes se evidencia que María Fátima El Hage Vda. de Vaca, en ejecución de fallos, por sí y a través de su apoderada, formuló varios incidentes, como la petición de improcedencia de conminatoria, nulidad de conminatoria para la realización del avaluó pericial, por tratarse de un bien inmueble ajeno al bien objeto de litigio mediante (memorial de 3 de octubre de 2014; la petición de paralización del proceso, la no ejecución de mandamiento de desapoderamiento -escrito de 4 de julio de 2016-; la objeción y rechazo al avalúo pericial -memorial de 6 de octubre del mismo año-; petición de perención de instancia -solicitada el 12 de septiembre de 2017-; y, el incidente de redargución -por memorial de 8 de febrero de 2018-. En dichas solicitudes, expuso como uno de sus argumentos, la titularidad de su derecho propietario sobre el bien inmueble por adjudicación del Gobierno Autónomo Municipal, registrado en DD.RR. con Matrícula 7.01.2.01.0045893. Sin embargo, los incidentes señalados no se constituyen en la vía idónea para que un tercero que se considere propietario, cuestione o se oponga en un proceso civil en el que no es parte; pues, el mecanismo previsto por la normativa civil para el efecto es la tercería de dominio excluyente, conforme ha sido desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, sin perjuicio que el o la tercerista perdidosa, solicite en un ulterior proceso ordinario, la revisión de la decisión asumida en el procedimiento de tercería de dominio excluyente, tomando en cuenta que las resoluciones dictadas en dicho procedimiento no tienen la calidad de cosa juzgada material.