SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2019-S1

Fecha: 26-Abr-2019

II.2.

II.2.  Cursa Auto 130/2018 de 26 de noviembre, a través del cual el Juez Público de la Niñez y Adolescencia Primero del departamento de Oruro, textualmente: “…DESESTIMA el memorial de acogimiento circunstancial de fecha 13 de noviembre de 2018, cursante a fs. 22-23 vta. Por improcedente, además de impreciso y confuso. Consecuentemente, se dispone el ARCHIVO DE OBRADOS.” (sic.), argumentando para ello en base a los antecedentes presentados que: “…habiéndose otorgado, en los hechos, la guarda de los niños a favor de la abuela materna, mal puede nuevamente el juzgador disponer la reinserción de los niños con su familia ampliada y emitir la resolución de acogimiento. Que, estando así las cosas. ‘Rebus sic stantibus’, al haberse procedido la entrega de los niños a la abuela materna, con su familia de origen, no teniendo ya razón de continuar con el presente trámite, estándose ya fuera de tiempo o en un momento poco o nada adecuado para continuarlo” (sic [fs. 5 y vta.]).