SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2019-S1
Fecha: 26-Abr-2019
III.3.3. Con relación a Nelson Reynaldo Patty Blanco -codemandado-
Al respecto, se tiene que la parte peticionante de tutela también activó esta acción de libertad contra Nelson Reynaldo Patty Blanco -codemandado-; sin embargo, del sustento argumentativo expuesto no se evidencia con claridad cuál la acción u omisión presuntamente indebida e ilegal en la que hubiere incurrido el mismo en relación con actos lesivos denunciados, denotándose únicamente la referencia de su intervención en el acta de entrega de los menores BB y CC, más no se explicó ni estableció de forma alguna cual la vinculación entre la lesividad reclamada y la conducta desplegada por el codemandado, con la consecuente lesión de alguno de los bienes jurídicos tutelados por este mecanismo de protección constitucional, circunstancia que permite concluir en que se obvió cumplir con la exigencia procesal-constitucional de la necesaria correspondencia que debe existir entre la persona que presuntamente incurrió en el hecho denunciado y contra quien se activó esta acción tutelar, constituyendo una inobservancia de procedencia que no permite establecer la legitimación pasiva que detentaría el señalado codemandado, implicando que este órgano especializado de control de constitucionalidad en su labor tutelar se encuentre frente a una barrera procesal que le imposibilita efectuar análisis constitucional alguno sobre el particular, correspondiendo aplicar los lineamientos jurisprudenciales contenidos en el Fundamento Jurídico III.2 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, debiéndose denegar la tutela solicitada por la carencia de legitimación pasiva advertida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.2.1. Actuaciones previas a la audiencia de la acción de libertad
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.1.
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Con relación al Abogado de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del GAM de Oruro -hoy demandado-
- ‘Rebus sic stantibus’
- en base al interés superior de los menores de edad
- Fragmento 22
- III.3.2. Respecto a Vicenta Blanco Choque de Patty -hoy codemandada-
- III.3.3. Con relación a Nelson Reynaldo Patty Blanco -codemandado-
- REVOCAR en parte
- 2º