SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

el derecho que tiene toda persona a ser oída y juzgada

Respecto al derecho al juez natural, la SCP 0720/2018-S4 de 30 de octubre reiterando el entendimiento contenido en la SC 0074/2005 de 10 de octubre (fundadora) estableció que: “El juez natural se encuentra previsto por nuestra Norma Suprema como una garantía jurisdiccional que forma parte del debido proceso, el cual, conforme determinó la jurisprudencia constitucional, es también aplicable a los procesos administrativos de tipo sancionador y a los procesos disciplinarios. El juez natural, conforme ha sostenido la jurisprudencia constitucional comprendida en la SC 0074/2005 de 10 de octubre, implica: ‘…el derecho que tiene toda persona a ser oída y juzgada, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez regular predeterminado, competente, independiente e imparcial, en la substanciación de cualquier acusación penal o disciplinaria formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal, familiar o de cualquier otro carácter. Ahora bien, a los fines de la resolución de la problemática planteada, siguiendo la doctrina constitucional, corresponde describir de manera resumida la naturaleza jurídica de los elementos constitutivos del «juez natural»: