SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2019-S3

Fecha: 30-Abr-2019

mismos que no pueden ser negados bajo ningún argumento, incluso aun no estando estipulado, porque constituyen parte de los derechos y garantías constitucionales inherentes al Estado Democrático y Social de Derecho, por tanto son exigibles mediante la presente acción tutelar.

Nótese que conforme al art. 2 del Estatuto Orgánico de COMERMIN Ltda., en el marco legal que le es aplicable a su funcionamiento, está prevista ‘…la reglamentación interna’, normativa que es inherente a su Reglamento Interno de Personal (Conclusión II.5.), en cuyo contenido se prevé como derecho de los funcionarios o empleados ‘Otros derechos reconocidos en el marco de las disposiciones legales vigentes’, entre los cuales innegablemente está el derecho a la defensa vinculado al de impugnación previstos por la Norma Suprema y el régimen de ‘DESTITUCIÓN POR PROCESO INTERNO’, que debe ser sustanciado por el ‘…Sumariante designado por la Máxima Autoridad Ejecutiva…’; empero, la reglamentación señalada omite establecer el procedimiento y los mecanismos recursivos respecto a la decisión que debe emitir la autoridad Sumariante mediante ‘…Resolución Administrativa.’, mismos que no pueden ser negados bajo ningún argumento, incluso aun no estando estipulado, porque constituyen parte de los derechos y garantías constitucionales inherentes al Estado Democrático y Social de Derecho, por tanto son exigibles mediante la presente acción tutelar.