Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2019-O
Fecha: 07-May-2019
b)
b) Habiendo sido desvinculado de su fuente laboral, acudió ante la Jefatura Departamental del Trabajo de Beni, denunciando haber sido destituido del cargo de Supervisor de Ventas de ambas empresas; instancia que, mediante Conminatoria de Reincorporación 018/2017 CJCR-JDTEPS Beni de 8 de agosto, ordenó a las mismas a reinsertar al trabajador al mismo puesto laboral que ocupaba antes del retiro y al pago de salarios devengados.
- denuncia queja por incumplimiento
- a)
- I.2. Petitorio
- 1)
- I.4. Resolución del Juez de garantías
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- denunciando el incumplimiento
- III.1.
- el juez o tribunal de garantías que conoció la acción tutelar, una vez conocida la queja por demora o incumplimiento en la ejecución de sentencias emanadas de acciones tutelares, con la finalidad de asegurar un debido proceso
- mediante Auto expreso, rechazará la queja o la concederá
- Con la resolución pronunciada por el juez o tribunal de garantías
- III.
- la emisión de una sentencia constitucional concesiva de amparo constitucional, debe repercutir en la realidad, modificando los actos que lesionaron los derechos de las personas, de modo efectivo y material; pero además, de forma inmediata, esto en el entendido de que la dilación, retardación y demora en la ejecución de lo decidido en una sentencia emergente de una acción de defensa en la que se concedió la tutela, mantiene latente la situación lesiva a los derechos lesionados, porque éstos se mantienen transgredidos y burlados, incluso por los actos u omisiones de las autoridades encargadas de protegerlo
- si los pronunciamientos emanados de la justicia constitucional no fueren cumplidos a cabalidad, lo resuelto por esta jurisdicción se reduciría a una mera declaración formal y vaciada de contenido; razón por la que el Legislador estableció los mecanismos conducentes a garantizar la ejecución de los fallos de naturaleza constitucional
- III.2. El carácter y fuerza vinculante de la razón
- III.3. Consideraciones previas de carácter jurídico-constitucional.
- es de ejecución inmediata, de carácter vinculante y cumplimiento obligatorio
- III.4. Alcances de la SCP 0092/2018-S4 de 27 de marzo
- en tanto, las cuestiones que éste pudiera plantear en la vía de la impugnación sean definidas por autoridad laboral competente
- provisional
- CONFIRMAR
- III.5. Análisis de la queja por incumplimiento
- concedió
- confirmado
- i)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- es sobre dicha empresa que recaía la obligación de cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación 018/2017, emitida por la Jefatura Departamental de Beni
- de no ser viable reponer el cargo
- declarar