SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2019-S4

Fecha: 16-May-2019

II.1.

II.1.    Mediante Resolución de Medidas de Protección de 19 de octubre de 2018, las Fiscales de Materia asignadas al caso, resolvieron en cumplimiento a lo dispuestos en los arts. 35, 61 y 87.3 de la Ley 348, la aplicación de medidas de protección consistentes en: a) Restricción del agresor de acercarse al lugar de trabajo o de estudios o cualquier otro espacio que habite la menor víctima; b) La prohibición al agresor de comunicarse, intimidar o molestar por cualquier medio a la víctima; c) La otorgación de amplias garantías por parte del agresor en favor de la víctima y su familiares; d) Prohibir las acciones de intimidación, amenazas o coacción a los testigos de los hechos de violencia; y, e) El sindicado otorgue amplias garantías de forma unipersonal a la víctima y sus familiares a través de la oficina reconvencional de la FELCC, siendo notificados el padre de la menor y el ahora accionante el 20 de octubre del año señalado (fs. 5 y vta.).