SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2019-S4

Fecha: 16-May-2019

III.4.  Análisis del caso concreto

El accionante alega la vulneración de sus derechos invocados, considerando que, en primera instancia el Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Segundo del departamento de La Paz, dispuso su detención preventiva mediante Resolución 545/2018, sin que en ella se haya efectuado una explicación fáctica ni jurídica de los elementos de juicio que constituirían el peligro efectivo para la víctima, omitiendo realizar una valoración objetiva de los medios probatorios ofrecidos a efectos de establecer que no se constituía en un peligro para la sociedad ni para la víctima, por cuyo efecto, formuló recurso de apelación, que fue resuelto por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través del Auto de Vista 382/2018, en el que tampoco se efectuó una debida fundamentación y valoración objetiva de la documentación cursante en el cuaderno de investigación a fin de desvirtuar el riesgo procesal contemplado en el art. 234.10 del CPP, respecto al peligro efectivo para la víctima, por lo que no se reparó los agravios cometidos por el Juez a quo, manteniendo la extrema medida de su detención preventiva.

Previamente a ingresar al análisis de la problemática, corresponde aclarar que la revisión excepcional de las decisiones asumidas en sede judicial se efectúa a partir de la última resolución pronunciada, en razón a que ésta tuvo la posibilidad de corregir, enmendar y/o anular las determinaciones dispuestas por las autoridades de menor jerarquía que el accionante considera lesivos de sus derechos fundamentales; en ese sentido, el presente fallo constitucional centrará su análisis únicamente respecto al Auto de Vista 382/2018.