SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

II.4.

II.4.  Cursa Informe A.J. C.M.-TJA 08/2018 de 10 de mayo, expedido por José Fernando Martotrell Gumuiel, Asesor Jurídico del Consejo de la Magistratura de Tarija, quien informó sobre la suspensión de plazos procesales durante vacaciones judiciales enviando al Encargado Distrital del referido Consejo; en el cual,  señaló que de acuerdo al art. “123” de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), -Ley 025 de 24 de junio de 2010- por regla general los plazos procesales transcurrirán ininterrumpidamente; sin embargo, podrá declararse en suspenso por vacaciones judiciales colectivas y por circunstancias de fuerza mayor que hicieran imposible la realización del acto pendiente; y, el art. 126.V de la referida Ley, prevé que durante el periodo de vacaciones todo plazo en la tramitación de los juicios quedará suspendido y continuará automáticamente a la iniciación de sus labores, debiendo establecer con precisión el momento de suspensión y de reapertura de dichos plazos (fs. 2 a 3).