SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2019-S4
Fecha: 29-May-2019
II.6.
II.6. Por Resolución SD-AP 381/2017 de 26 de octubre, Roxana Orellana Mercado y Juan Orlando Ríos Luna, en ese entonces Consejeros de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, revocaron en parte la Sentencia Disciplinaria 22/2017, declarando probada la denuncia en contra de Tadeo Nivardo Rojas García, Juez Público Civil y Comercial e Instrucción Penal “2” –siendo lo correcto Primero– de Tiraque de indicado departamento, con relación a la falta prevista en el art. 187.2 de la LOJ, imponiendo la sanción disciplinaria de suspensión en el ejercicio de sus funciones por el tiempo de un mes sin goce de haberes, manteniendo firme y subsistentes los demás extremos del fallo recurrido (fs. 94 a 97 vta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- el sólo hecho de la discrepancia manifiesta de la accionante respecto a lo decidido por las autoridades de la jurisdicción ordinaria, no se traduce en vulneración a sus derechos invocados ni configura el fundamento suficiente para acudir a la justicia constitucional en procura de revisar nuevamente lo decidido por las autoridades demandas
- REVOCAR