Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2019-S2
Fecha: 29-May-2019
II.1.
II.1. Del “Acta de testimonio de destrozos y privación de servicios básicos”, Formulario Notarial 1671332, se evidencia que la Notaria de Fe Pública 12 del departamento de Chuquisaca, el 25 de octubre de 2018 se apersonó al domicilio de la ahora accionante, evidenciando lo siguiente: Que la puerta de la vivienda habitada por Ana Limón Gonzales, se encontraba con los vidrios rotos; que en las proximidades de la sala existía una cañería tapada, la pila de la lavandería se encontraba taponeada; el retiro del inodoro del baño, el tapado de la cañería de la ducha, el retiro del lavamanos; y, que se restringió a Ana Limón Gonzales y su familia el acceso al agua y al baño (fs. 2 y vta.).
- Julio Arancibia Barrientos
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- III.3. El derecho al acceso de los servicios básicos conforme la Constitución Política del Estado
- servicios
- III.4. El derecho fundamental al agua potable
- derecho humano al agua,
- a) La disponibilidad
- La calidad
- Accesibilidad física
- Accesibilidad económica
- III.5. Análisis del caso concreto
- constituyen medidas de hecho contrarias al orden jurídico establecido.
- básicos de agua potable, alcantarillado
- (fs. 49 a 60)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA