SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2019-S1

Fecha: 28-May-2019

II.1.4.

II.1.4. Por nota de 10 de agosto de 2016, el Arquitecto José Luis Aliendre Escalante, solicitó al Juez Público Civil y Comercial Decimoprimero del departamento de La Paz, que con la finalidad de cumplir con las observaciones al avalúo, disponga día y hora para ingresar al bien inmueble y sea con auxilio de la fuerza pública y al tratarse de una urbanización cerrada se ordene a la administración de la misma facilite la entrada al inmueble (fs. 321); el Juez de la causa mediante decreto de 11 de similar mes y año, conminó a la parte demandada, Marianella Cerball de Rowbottom y otro, permitir el acceso al bien inmueble embargado de su propiedad y objeto de avalúo, para que el Perito realice su trabajo “…EL DIA VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2016 A PARTIR DE HORAS 09:30 A.M., hasta la conclusión de la pericia encomendada por este despacho judicial, bajo alternativa de Ley. A cuyo efecto notifique en su domicilio procesal a la parte demandada (sic [fs. 321 vta.]); con dicho proveído, la ahora accionante fue notificada el 15 de idéntico mes y año (fs. 323).