Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2019-S1
Fecha: 28-May-2019
II.2.1.
II.2.1. El Juez Público Civil y Comercial Decimoprimero del departamento de La Paz, por Resolución 389/2016 de 29 de septiembre, aprobó el avalúo pericial y aclaración de avalúo sobre el bien inmueble, ubicado en la zona de Bella Vista, urbanización San Alberto - Av. Jorge Rodríguez Balanza D-4, fijando en definitiva el monto base del remate en la suma de $us1 091 620.- (un millón noventa y un mil seiscientos veinte 00/100 dólares estadounidenses[fs. 28 a 29]); determinación que fue notificada a la peticionante de tutela y otro, el 18 de octubre de 2016 (fs. 346).
- acción de amparo constitucional
- ante lo cual fue resuelto por la Resolución 279/2016
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- LA NULIDAD DE LAS RESOLUCIONES IMPUGNADAS Nos. 016/2017 de 25 de enero y 97/2018 de 2 de marzo
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.3.
- II.1.4.
- II.1.5.
- II.1.6.
- II.2.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- 1) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta
- Fragmento 21
- III.2. Jurisprudencia reiterada, sobre el debido proceso en su elemento de congruencia
- pero no es menos evidente que si bien esos elementos de contenido de las resoluciones deben estar presentes como parte esencial de la misma, la exigencia de su presencia no debe ir más allá de lo previsible en vinculación al contenido razonable que haga contundente un fallo
- III.3. Análisis del caso concreto
- imposibilidad
- conceder en parte
- REVOCAR en parte