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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2019-S2

    Fecha: 05-Jun-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • I.2.2.
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • 1)
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • exigencia del debido proceso, que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho
    • Fragmento 15
    • la exigencia de la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso, no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos, al contrario,
    • III.2. Sobre los honorarios profesionales de los abogados: En caso de existir iguala profesional, ésta debe ser cumplida al constituirse en un contrato entre partes; en su defecto, los honorarios se establecen conforme al Arancel Mínimo del Colegio de Abogados, en base a los principios de razonabilidad y proporcionalidad
    • SC 1846/2004-R de 30 de noviembre
    • los honorarios profesionales, para el caso de que no exista una iguala profesional entre partes, deben ser establecidos por el Arancel Mínimo del Colegio de Abogados
    • SCP 1034/2010-R
    • los jueces y autoridades a momento de fijar los honorarios, lo harán conforme a la iguala profesional presentada y en defecto de ésta, en proporción por los servicios prestados
    • las autoridades jurisdiccionales a momento de fijar honorarios profesionales deben hacerlo conforme a la iguala profesional presentada y en defecto de ésta, en proporción por los servicios prestados
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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