Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2019-S4
Fecha: 05-Jun-2019
II.3.
II.3. El 23 de septiembre de 2016, Joar Bruckner Velarde y Silvia Eugenia Villavicencio Suarez de Bruckner, presentaron recurso de apelación en contra de la Sentencia 081/2016 del 8 de agosto, sosteniendo, entre otros argumentos, que el Juez Civil que resolvió el caso no era competente para conocer el asunto, porque el mismo es una cuestión netamente agraria, pues deriva de la actividad agraria, ya que el caso se trata de una resolución de un contrato de préstamo de inversión para la compraventa exclusiva de ganado vacuno, por lo que el caso debió ser resuelto por un juez agroambiental, en razón a la naturaleza del proceso que está reatado a una cuestión agraria (fs. 627 a 634).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i) Por lesión del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- REVOCAR
- MAGISTRADO