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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2019-S2

    Fecha: 19-Jun-2019

    II.6.

    II.6.    Por decreto de 7 de noviembre de 2017, el Juez de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz, toda vez que fue autorizada la conversión de acciones, a fin de dar inicio a este procedimiento, dispuso el cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 375 y ss. del CPP, dejando sin efecto todas las actuaciones jurisdiccionales que hubieran ocurrido antes de dicha conversión de acciones (fs. 400 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • Fragmento 5
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • 1)
    • III.1.
    • III.2.
    • Fragmento 23
    • MAGISTRADO
    • la conversión requiere de una definición previa del Ministerio Público sobre si ejercerá o no la acción penal, está claro que si decide ejercer rechazará la solicitud de conversión
    • el Ministerio Público renuncie a su potestad de ejercer la acción penal cuando la víctima le solicite la conversión al Fiscal del Distrito; pues en sentido contrario, si el Ministerio Público considera importante su actuación y no está dispuesto a renunciar a su potestad rechazará la solicitud de conversión

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