Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2019-S2
Fecha: 19-Jun-2019
II.7.
II.7. Cursa memorial presentado el 4 de diciembre de 2017 por los accionantes ante el Juez de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz, solicitando la devolución del expediente al Juez de Instrucción Penal Octavo de la Capital del mismo departamento, para que resuelva la excepción de incompetencia pendiente (fs. 417 a 419 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 23
- MAGISTRADO
- la conversión requiere de una definición previa del Ministerio Público sobre si ejercerá o no la acción penal, está claro que si decide ejercer rechazará la solicitud de conversión
- el Ministerio Público renuncie a su potestad de ejercer la acción penal cuando la víctima le solicite la conversión al Fiscal del Distrito; pues en sentido contrario, si el Ministerio Público considera importante su actuación y no está dispuesto a renunciar a su potestad rechazará la solicitud de conversión