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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0402/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0402/2019-S1

    Fecha: 19-Jun-2019

    II.1.

    II.1.  Cursa demanda de nulidad de contratos, enriquecimiento ilegítimo, más pago de daños y perjuicio, lucro cesante y daño emergente, presentado el 20 de enero de 2011 por Antonio Erena de Oregui, Ramiro Pardo Ortiz, Flavio Costa Beber y Flavo Junior Costa Beber -ahora terceros interesados- contra “ACEITERA S.A.” por la suma de $us1 852 679,11.- (fs. 66 a 81).

    • acción de amparo constitucional
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III.1. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
    • no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos y, en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa, salvo que la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales ocasione perjuicio irremediable e irreparable’
    • b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
    • primera temática
    • segunda temática
    • III.3. Otras consideraciones

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