Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0304/2019-S3
Fecha: 15-Jul-2019
II.2.
II.2. Según el carnet de afiliación con firma y sello del Director General Ejecutivo del Instituto Boliviano de la Ceguera (IBC), correspondiente a Gilberto Olarte Zenteno -progenitor de la impetrante de tutela- se tiene del mismo el grado de ceguera total del aludido, el cual fue expedido el 30 de marzo de 2015; asimismo, adjuntó Certificación de 15 de febrero de 2017 pronunciado por el Director Departamental de la referida institución señalando que el mencionado se encuentra afiliado con el Código de Registro 2807 (fs. 5 a 6).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. La inamovilidad anteriormente dispuesta beneficiará a los padres o tutores que tengan bajo su dependencia a personas con discapacidad
- III.2. Sobre los derechos fundamentales de las personas con discapacidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- respaldada por las leyes que protegen a las personas con discapacidad por lo que recomendó a la Responsable del Área de RR.HH. a.i. de la citada institución considerar la asignación de funciones
- CONFIRMAR