Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0304/2019-S3
Fecha: 15-Jul-2019
II.6.
II.6. El 20 de diciembre de 2016, el empleador procedió al pago de finiquito a la accionante correspondiente a Bs5 453,08.- (cinco mil cuatrocientos cincuenta y tres con 08/100 bolivianos) por concepto de beneficios sociales hasta el 30 de igual mes y año, teniéndose esa fecha como su retiro (fs. 124 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. La inamovilidad anteriormente dispuesta beneficiará a los padres o tutores que tengan bajo su dependencia a personas con discapacidad
- III.2. Sobre los derechos fundamentales de las personas con discapacidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- respaldada por las leyes que protegen a las personas con discapacidad por lo que recomendó a la Responsable del Área de RR.HH. a.i. de la citada institución considerar la asignación de funciones
- CONFIRMAR