SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0304/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0304/2019-S3

Fecha: 15-Jul-2019

II.9.

II.9.    A través del Informe Técnico 09/2018 de 27 de julio, Miguel Felipe Bellido Cardozo, Superintendente de Obra del SEDECA Tarija, puso a conocimiento del demandado que el proyecto “…CONSTRUCCIÓN OBRAS DE CONCLUSIÓN MEJ. CAMINO MATADERO - TEMPORAL - S.J.NORTE - S.J.SUD - TABLADA - SAN LUIS - S.J.OESTE…” (sic), se encuentra en etapa de conclusión, por lo que “…las actividades y SERVICIO ESPECIFICO que fue contratado el EMPLEADO ya concluyeron, es necesario realizar su culminación de la relación contractual a PARTIR DEL DÍA LUNES 30 DE JULIO 2018…” (sic), estando dentro de la planilla de empleados la ahora impetrante de tutela; es así que, en cumplimiento a ese Informe el SEDECA Tarija emitió el Comunicado de 30 de julio de 2018, dando a conocer que “…NO SIENDO NECESARIA LA CONTINUIDAD DE SUS SERVICIOS DENTRO DEL PROYECTO POR EL CUAL HA SIDO CONTRATADO, SE LA HACE CONOCER A USTED QUE EL VINCULO CONTRACTUAL QUEDA EXTINGUIDO DE HECHO Y PLENO DERECHO.