Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.1.
II.1. Mediante Libreta Escolar Electrónica correspondiente a la menor NN del tercer año de escolaridad, extendida por la unidad educativa María Auxiliadora de Sucre, se estableció que la estudiante no ha sido promovida al año de escolaridad inmediato superior debido a que reprobó con cuarenta y sietepuntos la materia de Cosmovisiones-Filosofía-Psicología (fs. 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. El derecho a la educación en el ámbito interno y convencional
- III.2.
- III.3. Marco normativo en cuanto al desarrollo curricular
- Fragmento 21
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- 2
- 3° Notificar
- 4°