Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.5.
II.5. Mediante nota presentada el 13 de diciembre de 2018, Iván Fernando Vidal Aparicio y Abigahid Zeballos Fernández, hicieron conocer al Director Distrital de Educación de Sucre, observaciones en cuanto a la aplicación del Reglamento de Evaluación del Desarrollo Curricular durante todos los bimestres y hasta la finalización del año escolar, respecto de su hija NN; señalando que, pese haber solicitado información respecto a la evaluación de la misma, le restringieron el ingreso al colegio, con lo que le negaron documentación requerida para verificar la evaluación de su hija en las cuatro dimensiones (fs. 49 a 50).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. El derecho a la educación en el ámbito interno y convencional
- III.2.
- III.3. Marco normativo en cuanto al desarrollo curricular
- Fragmento 21
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- 2
- 3° Notificar
- 4°