SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0454/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.2.
II.2. Mediante Requerimiento de 24 de febrero de 2018, Juan Pablo Sánchez Saavedra Fiscal de Materia, señaló que Leonardo Gutiérrez Gutiérrez, Lino Prieto Banegas Sallio y Saúl Alejandro Vargas Hurtado, fueron arrestados de forma ilegal, advirtiendo que se utilizaron métodos prohibidos para la declaración de los sindicados y evidenciando que no existió indicio alguno de que estos últimos hubiesen participado del hecho que se estuviera investigando; por lo que requirió el cese del arresto efectuado, ordenando que los sindicados se presenten el 26 de febrero de igual año a fin de prestar su declaración informativa y disponiendo informar al Juez de control jurisdiccional la ampliación de la investigación en contra de los sindicados, debiendo ser valorados por el médico forense de turno (fs. 3 a 4).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- Entonces, se encuentra claramente establecido que el análisis referido, también es de obligatoria consideración por parte del Tribunal de alzada o Vocales que hubieren conocido la apelación incidental, la determinación, el rechazo,
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- b)
- c)
- d)
- CONFIRMAR