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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0468/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0468/2019-S2

    Fecha: 09-Jul-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • a)
    • 1)
    • I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.1   La extinción de la acción penal por duración máxima del proceso y por prescripción
    • El Tribunal Constitucional a través de la SC 0033/2006-R de 11 de enero, señaló que: ‘…es necesario referir que el trámite de extinción de la acción penal está sujeto a que el recurrente demuestre que fundamentó su pedido mencionando las piezas procesales con las que acreditó la demora o dilación del proceso atribuible al órgano jurisdiccional o al Ministerio Público, conforme a lo determinado por la SC 101/2004, de 14 de septiembre y el AC 0079/2004, de 29 de septiembre, pues quien pretende solicitar la extinción de la acción penal, debe fundamentar que la mora procesal más allá del plazo máximo establecido por ley, es de responsabilidad del órgano judicial o del Ministerio Público, precisando de manera puntual en qué parte del expediente se encuentran los actuados procesales que provocaron la demora o dilación invocada, lo que no implica ni se traduce en la necesidad de que el solicitante tenga que ofrecer y producir nueva prueba, cuando la misma se encuentra en el expediente del proceso, sino únicamente individualizarla; fallos que son de cumplimiento vinculante y obligatorio y tienen la debida fundamentación jurídica, doctrinal y constitucional relativa al tema tratado
    • III.2.
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Considerando Sexto
    • c)
    • Respecto a la actuación del Juez de garantías constitucionales desde la admisión de la demanda hasta la celebración de audiencia
    • 12)
    • 2º
    • MAGISTRADO

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