SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0468/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0468/2019-S2

Fecha: 09-Jul-2019

Respecto a la actuación del Juez de garantías constitucionales desde la admisión de la demanda hasta la celebración de audiencia

De la revisión de antecedentes (carátula del Sistema Integrado de Registro Judicial (SIREJ) “Nurej 7095750”, cursante a fs. 1 del cuaderno procesal), se advierte que Roly Aguilera Gasser -ahora accionante- interpuso la presente demanda constitucional a horas 8:58 del 4 de septiembre de 2017, misma que fue admitida por el Juez Público de Familia Décimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Auto del mismo día, mes y (fs. 200), señalando fecha de audiencia pública para horas. 17:00 del 6 de igual mes y año; a partir del cual hasta el 25 de enero de 2019 (fecha de audiencia y resolución de amparo constitucional), se constató que no sólo transcurrió superabundantemente el tiempo de un año, cuatro meses y veintiún días, para recién celebrar audiencia de la indicada demanda constitucional, sino que según actas, se suscitó la suspensión de la referida audiencia por doce veces consecutivas, de la siguiente forma: