SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0469/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0469/2019-S2

Fecha: 09-Jul-2019

10)

10)   El 30 de agosto de 2017, la citada Defensoría recibió la Hoja de Ruta 56078 acompañando nota de la Jefatura de la Unidad de Transparencia del Ministerio de Educación remitiendo el informe de esa unidad, recomendando: “1) A la Dirección Distrital de Educación La Paz 2 que el caso pase al Tribunal Disciplinario, para que se Determine si efectivamente la estudiante (…) sufre maltrato en la Unidad Educativa y si evidentemente hubo comisión en la atención cuando sufrió desmayo instaurando proceso disciplinario a la Directora Prof. Virginia Calderón, Prof. Gabriela Sánchez y Cintia Condarco y asistente Sonia Maribel Illimuri, por presuntamente incurrir en las siguientes faltas del reglamento de faltas y sanciones del magisterio Resolución Suprema 212414; y, 2) A la Dirección de la Unidad Educativa, si la estudiante (…) ha cometido faltas graves o gravísimas, el caso debe ser evaluado por la Comisión de Disciplinaria, no correspondiendo que sean los padres y madres de familia quienes tomen determinaciones que no le competen. La evaluación por dicha Comisión debe seguir procedimientos que garantizan los derechos de la estudiante y el cumplimiento de la RM01/2017 y Ley 548 del Código Niña Niño Adolescente” (sic);